Acceder al seguro de desempleo del IESS será más fácil

-- Agosto 27, 2020
-- Fuente: El Comercio

A través de la resolución 604, el Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), promulgó el reglamento para la aplicación de las normas de la Ley de Apoyo Humanitario, que involucran a la entidad.


Uno de esos temas está relacionado con las facilidades de acceso al seguro de desempleo, para los afiliados en relación de dependencia, que perdieron sus empleos entre los meses de abril a julio de este año.

La Ley Humanitaria establece que para obtener la prestación el afiliado debe estar cesante al menos 10 días y, a la vez, indica que la solicitud para el pago se debe realizar a partir del día 8 de encontrarse desempleado, y hasta un plazo máximo de 45 días posteriores.

La resolución del Consejo Directivo, emitida el miércoles 5 de agosto de 2020, resolvió esa aparente contradicción señalando que el requerimiento de la prestación se deberá efectuar desde el día décimo primero de estar desempleado. Jorge Wated, presidente del Consejo Directivo, ofreció una rueda de prensa virtual el jueves 6 de agosto del 2020. El funcionario informó que desde el 7 de agosto la página web del IESS está habilitada para que los afiliados interesados puedan solicitar el seguro de desempleo con las nuevas condiciones.

Los afiliados deben acreditar 24 aportaciones en relación de dependencia, de las cuales al menos seis deberán ser continuas e inmediatamente anteriores a la contingencia. Según datos oficiales, en el mes de julio hubo 32 000 desafiliaciones.

Los beneficios de la Ley Humanitaria cobijan a quienes quedaron cesantes hasta julio. Después de eso, rigen las normas habituales, en las que para acceder a la prestación la persona debe estar cesante al menos 60 días y hacer el pedido de pago desde el día 61.