Obligarán seguros a terceros

-- Julio 26, 2018-- Fuente: La Hora

Las compañías o cooperativas de transporte terrestre y los propietarios de vehículos deben contratar un seguro de responsabilidad civil contra terceros. Así lo estipula la Ley publicada en el registro oficial 1002 en el año de 1996. Pasaron nueve años y el artículo 140 de la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre no es acatado por todos los propietarios de un automotor.


Aunque el reglamento para la aplicación del seguro obligatorio de accidentes fue aprobado hace pocos días, por el directorio del Consejo Nacional de Tránsito, en Imbabura no existe todavía una disposición para empezar con la campaña.

“Puede ser que en enero iniciemos con el control, pero aún no existe la orden del Consejo Nacional Tránsito para que actuemos”, dijo Oswaldo Yánez, vocero oficial del comando de Policía de Imbabura.

El problema radica en que gran porcentaje del parque automotor corresponde a automóviles que tienen más de 20 años, desde su fabricación, lo que hace que las aseguradoras no los miren como buenos clientes.

“Con el tiempo lo automóviles constituyen un mayor riesgo”, dijo Fernando Proaño, gerente local de Interoceánica (empresa de seguros).

La propuesta rige para todos los vehículos de servicio público como de uso particular.

“Para funcionar necesitamos el permiso del Consejo de Tránsito y uno de los requisitos para la emisión de éste es el seguro a terceros”, dijo Oscar García, presidente de Transportes Unidos.

La Ley es clara

Los transportes interprovinciales cuentan con seguros que cubren tanto a los pasajeros como a quienes sufran las consecuencias del accidente fuera del vehículo. El problema radica en que los usuarios que no cuentan con el boleto no pueden reclamar los beneficios a la aseguradora.

“Realizamos trámites para que la lista de pasajeros sea también válida para reclamar el seguro”, dijo García.

Para Pablo Carrera, director del Consejo Provincial de Tránsito, la ley es clara pero no se ejecuta con la seriedad que merece. Aunque asegura que quien debe controlar el cumplimiento es la Jefatura de Tránsito. “No existe aún una disposición por parte de la Dirección Nacional para la provincia”, aseguró.

Los costos para asegurar un auto varían y dependen del año de fabricación, las especificaciones y tipo de seguro.

En muchas de las aseguradoras los propietarios de un vehículo con más de 15 años, desde su fabricación, tienen que pagar un costo más alto y no cuentan con los beneficios de los automotores nuevos.

De todas formas asegurar su automóvil es una decisión “que incrementará la seguridad y garantizará el bienestar suyo y de su familia”, dijo Fernando Proaño.

Seguros

Las compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia de Bancos son las únicas que pueden concederlos. Cada propietario del vehículo puede escoger la más conveniente.

Los automotores no tendrán matrícula si no cuentan con un seguro a terceros.

En caso de que los automotores no cumplan con la disposición las autoridades podrán retirar el automóvil hasta que el dueño contrate un seguro.

Recuerde que los seguros sólo cubren los gastos médicos del número de ocupantes que debe tener el vehículo. En caso de exceso de personas el seguro no corre con los gastos.

Si se comprueba que el conductor manejó en estado de embriaguez el seguro no cubre los gastos.

El seguro para terceros cubre los daños materiales y los gastos médicos o de defunción de las personas o cosas que fueron afectadas con el accidente.